Derechos Humanos
LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
La protección de los derechos humanos se lleva a cabo a través de un sistema complejo de normas legales internacionales y nacionales y a través de la colaboración de las instituciones de distintos tipos y niveles. Es por ello qué hablamos de la existencia de distintos sistemas de protección que, si bien tienen competencias distintas, se guían por los mismos principios universales.
El esquema de los derechos humanos es altamente complejo, especialmente cuando se analizan los distintos niveles y sistemas de protección existentes: el sistema universal, los sistemas regionales (en nuestro caso, se trata del sistema interamericano) y los mecanismos previstos en las normas nacionales. El desarrollo tan amplio de los instrumentos dedicados a la protección de los derechos humanos alrededor del mundo es muestra de su importancia. Evidencia también que, a pesar de que todavía, en distintas latitudes, los derechos humanos llegan a ser vulnerados y que las personas pierden su dignidad, son cada vez más los Estados y las sociedades que comparten los ideales del valor de las personas, expresado en la dignidad humana y protegido por el sistema de los derechos humanos.
LOS PRINCIPIOS UNIVERSALES
La protección y el reconocimiento de los derechos humanos deben responder a algunos principios bajo los cuales las autoridades deben interpretar estos derechos. Estos principios son muy importantes, pues constituyen una especie de guía que asegura que los alcances y significados de cada derecho estén conformes a su contenido y al ideal que refleja, e impiden que las autoridades se comporten de manera discrecional (es decir, sin ser objetivas, justas y apegadas a la ley).
Los principios reconocidos por los sistemas de protección de los derechos humanos son: la universalidad, indivisibilidad, interdependencia y progresividad.
Ya hablamos de ellos en la sección ¿Qué son los derechos humanos? Recuerda que estos principios son fundamentales y que cada vez que una autoridad tenga que emitir una ley, tomar una decisión, definir una política pública o juzgar un caso que involucre la protección de los derechos de una persona, tiene que guiarse por estos principios.
Sería bueno que le dedicaras un ratito de tu tiempo a conocerlos bien porque seguramente, durante tu vida, te encontrarás en situaciones donde conocer más sobre qué hacer cuando te violenten un derecho a ti o alguien que quieras, resulte importante.
Además de estos cuatro principios, hay uno más, y muy importante: el principio pro persona. Este principio ordena a las autoridades del Estado —a todas las autoridades, no solamente a las autoridades de justicia— siempre interpretar las leyes de manera más favorable para la persona afectada.
Esto significa, incluso, que las autoridades deben escoger la norma que mejor proteja a la persona dentro de las leyes nacionales y los tratados internacionales existentes. La aplicación de este principio permite fortalecer y ampliar los derechos de las personas. Y esto no es una cuestión menor.
EN RESUMEN
- La interpretación y la protección de los derechos humanos debe realizarse conforme a los principios universales.
- Todas las autoridades tienen la obligación de respetar los principios de universalidad, indivisibilidad, interdependencia, progresividad y pro persona, para lograr una mejor protección de los derechos humanos.
LAS INSTITUCIONES Y LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS
El ejercicio de los derechos humanos y su protección implica que los Estados y la comunidad internacional deben adoptar las decisiones e implementar las políticas públicas que ayuden a garantizar de manera adecuada su acceso y/o su ejercicio. Uno de los elementos centrales de este entramado son las instituciones dedicadas a la supervisión y a la protección de los derechos humanos, que llamamos sistema internacional de los derechos humanos. Dos de estos sistemas son fundamentales para México: el sistema universal y el sistema interamericano.
EL SISTEMA UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS
El Sistema Universal de los Derechos Humanos (SUDH) es el conjunto de normas sustantivas y procesales, así como de organismos con alcance internacional, pertenecientes a la Organización de las Naciones Unidas (ONU), cuyo fin es la promoción y la protección de los derechos humanos universales.
Es la institucionalidad que enmarca, da sentido, exige y protege nuestros derechos más allá de las diferencias culturales o nacionales de cada país. Las instituciones creadas en el marco de este sistema existen para supervisar si los Estados cumplen con las obligaciones establecidas por los tratados internacionales, como la propia Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), el Pacto de Derechos Civiles y Políticos (PDCP) o el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PDESC), entre muchos otros.
Para cumplir con esta tarea de vigilancia, en el Sistema Universal de Derechos Humanos se han creado dos tipos de órganos: aquellos creados en la Carta de la ONU (el Consejo de Derechos Humanos y los Procedimientos Especiales) y los órganos establecidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos (compuestos por expertos y expertas independientes con el mandato de supervisar que los Estados partes en los tratados cumplan sus obligaciones).
El Consejo de Derechos Humanos de la ONU (que sustituye a la Comisión de Derechos Humanos) es un organismo encargado de fortalecer la promoción y protección de los derechos humanos en todo el mundo y para hacer frente a situaciones de violaciones de los derechos humanos y formular recomendaciones sobre ellos. Tiene la capacidad de discutir todas cuestiones temáticas relativas a los derechos humanos y situaciones que requieren su atención durante todo el año. Entre sus actividades está la realización del Examen Periódico Universal, a través del cual se examina la situación de los derechos humanos en los 192 Estados miembros de las Naciones Unidas.
El Consejo está compuesto por 47 Estados Miembros de las Naciones Unidas, que son elegidos por la Asamblea General de las Naciones Unidas, para un periodo de tres años. Como las Naciones Unidas son una organización internacional global, en la integración del Consejo se busca asegurar la representatividad de todos los continentes y regiones, por lo que siempre se busca la presencia de 13 Estados de África; 13 de Asia y el Pacífico; 8 de América Latina y el Caribe; 7 de Europa Occidental y Otros Estados y, finalmente, 6 de Europa Oriental. Se reúne en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra. Además, el Consejo recibe el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que le presta el apoyo técnico y sustantivo y funge como Secretaría del Consejo.
Los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos están integrados por Relatores Especiales, Expertos Independientes y Grupos de Trabajo (conformados por cinco miembros), nombrados por el Consejo para examinar, supervisar, asesorar e informar sobre las situaciones de derechos humanos en países o territorios específicos (mandatos por país) o sobre los principales problemas de violaciones de derechos humanos a nivel mundial (mandatos temáticos). Los procedimientos especiales pueden realizar actividades diversas, como por ejemplo dar respuesta a las denuncias individuales, realizar estudios, realizar visitas a los países o participar en las actividades generales de promoción de los derechos humanos.
Actualmente, existen 80 titulares de Procedimientos Especiales activos para 56 mandatos, 44 mandatos temáticos (incluyendo Agua y Saneamiento, Detención Arbitraria, Derechos de los Migrantes, Violencia contra la Mujer, Tortura y Trata de Personas) y 12 mandatos de país.
SABÍAS QUE…
UN Human Rights
LOS ÓRGANOS DE TRATADOS EN ACCIÓN: INTRODUCCIÓN
UN Human Rights.
LOS ÓRGANOS DE TRATADOS EN ACCIÓN: INTRODUCCIÓN
El Sistema Universal cuenta también con órganos creados por los instrumentos internacionales de derechos humanos, llamados “órganos de tratados”. En la actualidad, existen 10 de estos órganos:
- El Comité de Derechos Humanos (CCPR, por sus siglas en inglés) supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) y sus protocolos facultativos;
- El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966);
- El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) supervisa la aplicación de la Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial (1965);
- El Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) supervisa la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979) y de su protocolo facultativo (1999);
- El Comité contra la Tortura (CAT) supervisa la aplicación de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (1984);
- El Comité de los Derechos del Niño (CRC) supervisa la aplicación de la Convención sobre los derechos del niño (1989) y de sus protocolos facultativos (2000);
- El Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares (CMW) supervisa la aplicación de la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (1990);
- El Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD) supervisa la aplicación de la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad (2006);
- El Comité contra la Desaparición Forzada (CED) supervisa la aplicación de la Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (2006);
- El Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (SPT), establecido de conformidad con las disposiciones del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT) (2002), se encarga de visitar los lugares de detención en los Estados Partes para prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
SABÍAS QUE…
¿Cómo hacer uso de los mecanismos de protección?
- Cualquier persona tiene derecho a acceder a la protección de sus derechos a través del Sistema Universal de Derechos Humanos. Existen dos mecanismos de acción que se pueden realizar:
Se puede presentar información a los procedimientos especiales para alertar al Consejo de Derechos Humanos sobre cualquier situación de violación de derechos. Una vez enviada la información, los expertos del Consejo la revisan y deciden qué mecanismos específicos se deben activar para garantizar la protección de los derechos de las personas afectadas. La información se puede presentar a través de un formulario en línea disponible aquí. - Se puede presentar denuncias ante un Comité de tratado contra un Estado (el Estado tiene que ser parte del tratado y haber aceptado la competencia del Comité para examinar denuncias individuales), alegando que se han violado sus derechos en virtud del tratado correspondiente. No es necesario que un abogado prepare la queja. Los Comités cuentan con procedimientos diferentes, pero puedes encontrar más información sobre cómo presentar las denuncias (y los formatos correspondientes) aquí.
Los Comités están integrados por personas expertas independientes y están encargados de supervisar la aplicación de los principales tratados internacionales de derechos humanos. Cada Estado Parte en un tratado tiene la obligación de adoptar medidas para velar por que todas las personas de ese Estado puedan disfrutar de los derechos estipulados en el tratado y los Comités verifican si así ocurre en la práctica. Cualquiera de nosotros puede plantear un problema de derechos humanos ante los Comités, por lo que los mecanismos de denuncia están diseñados para que sean accesibles a todas y todos. A través de estos mecanismos, las personas pueden no solo lograr la protección de sus derechos, sino que incidir a mayor escala y lograr que sus gobiernos adopten nuevas leyes o políticas públicas para mejorar la situación de todas y todos.
EN RESUMEN
- El Sistema Universal de los Derechos Humanos es el conjunto de normas sustantivas y procesales, así como de organismos con alcance internacional, pertenecientes a la Organización de las Naciones Unidas, cuyo fin es la promoción y la protección de los derechos humanos universales.
- El Sistema Universal cuenta con un conjunto de órganos dedicados a la supervisión de la actuación de los Estados Parte en relación a la protección de los derechos humanos.
- En el Sistema Universal existen dos mecanismos que puede utilizar cualquier persona para denunciar violaciones a los derechos humanos: presentar información ante los procedimientos especiales o presentar denuncias ante los órganos de tratados.
EL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS
El Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) es un marco de protección de los derechos humanos para los habitantes del continente americano. Fue creado a partir de la adopción de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (DADDH) en 1948, en el marco de la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y, más tarde, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH). El Sistema Interamericano es ejemplo de un sistema regional de protección, pues reúne a los Estados Parte que conviven en una misma región geográfica.
La Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre fue el primer acuerdo de esta naturaleza firmado en el mundo, pues fue adoptada seis meses antes que la Declaración Universal. La DADDH reconoce la igualdad y dignidad de todas las personas, así como una amplia lista de derechos. Asimismo, y de manera distinta a otros acuerdos relativos a los derechos humanos, la Declaración establece 10 obligaciones de todas las personas.
Si bien la Declaración fue un primer e importante antecedente, el Sistema Americano fue creado por la adopción en 1969 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (llamada también Pacto de San José), que reconoció los deberes de los Estados Parte para la realización de los derechos humanos y fortaleció a las instituciones encargadas de supervisar su implementación.
El Sistema Interamericano cuenta con dos instituciones encargadas de la supervisión de la realización de los compromisos estatales en la materia de los derechos humanos: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH).
SABÍAS QUE…
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¿QUÉ DERECHOS PROTEGE EL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS?
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¿QUÉ DERECHOS PROTEGE EL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS?
- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos , creada en 1959, es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) encargado de la promoción y protección de los derechos humanos en el continente americano. Está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal y tiene su sede en Washington, Estados Unidos.
- La Corte Interamericana de Derechos Humanos es el órgano judicial autónomo de la Organización de los Estados Americanos. La Corte tiene la facultad de aplicar e interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados de derechos humanos que forman parte del Sistema Interamericano. Fue creada en 1969, aunque empezó a desempeñar sus funciones en 1978. Su sede está en San José, Costa Rica.
Las personas cuyos derechos humanos han sido violentados por los Estados en los que viven pueden acudir ante las instituciones del Sistema Interamericano para buscar la protección. Para poder hacerlo, primero es necesario agotar las instancias nacionales, es decir, las personas deben haber recibido una decisión de la autoridad de más alta jerarquía (última instancia) prevista en la legislación de su país.
Asimismo, su país tiene que haber reconocido la jurisdicción de la Corte Interamericana (esto significa que aceptan que la Corte revise sus decisiones y que van a aplicar las resoluciones de esta). Actualmente, solo 20 países de la región reconocen la competencia de la Corte: Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam y Uruguay.
SABÍAS QUE…
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LOS DERECHOS PROTEGIDOS POR EL SISTEMA INTERAMERICANO
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LOS DERECHOS PROTEGIDOS POR EL SISTEMA INTERAMERICANO
SABÍAS QUE…
¿Cómo presentar una denuncia ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos?
Cuando una persona considera que sus derechos han sido violentados por el Estado Parte de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, puede presentar una petición individual. Todas las peticiones se presentan ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y la Comisión, después de revisar cada caso, convoca a ambas partes —a la persona que presenta la petición y al Estado— para que lleguen a un acuerdo. En el caso de que este no se logre, la Comisión remite el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
En ocasiones, cuando las personas que llegan a acudir ante la Corte Interamericana no cuentan con la representación legal, la Corte puede otorgarles el apoyo del Defensor Interamericano que designa para cada caso.
Las peticiones se pueden presentar electrónicamente aquí.
En los más de cuarenta años del funcionamiento del Sistema Interamericano —desde que la Corte Interamericana ha empezado a sesionar— se han recibido cientos de miles de casos. Las decisiones que han tomado la Comisión y la Corte han permitido no solo proteger los derechos individuales de las personas que han acudido ante ellas, sino que también han tenido un impacto importante en las legislaciones internas y en cómo los Estados protegen los derechos humanos (García Ramírez, 2019).
SABÍAS QUE…
Un ejemplo de cómo la Corte Interamericana de Derechos Humanos amplia la protección de los derechos de todas las personas es la Opinión Consultiva OC—24/17 de la Corte IDH, sobre Identidad de género, e igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo, obligaciones estatales en relación con el cambio de nombre, la identidad de género, y los derechos derivados de un vínculo entre parejas del mismo sexo.
En esta opinión la Corte definió los alcances del derecho a la identidad y estableció que los Estados Parte tienen la obligación de construir los mecanismos que garanticen a las personas trans el cambio de nombre, la adecuación de la imagen y la rectificación a la mención del sexo o género en los registros y en los documentos de identidad para que estos sean acordes a la identidad de género auto—percibida. Asimismo, la Corte sostuvo que los Estados también tiene la obligación de crear un régimen de reconocimiento de derechos a las parejas del mismo sexo en pie de igualdad con las parejas heterosexuales.
Como sostiene Magdalena Cervantes Alcayde, Coordinadora del Observatorio del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, esta opinión es fundamental, pues reitera que “En contextos verdaderamente democráticos, los prejuicios y estereotipos no pueden ser las razones que lleven a negar los derechos de las personas LGBTI”.
Además de resolver los casos que se le presenten, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emite también las opiniones consultivas. Estas opiniones son respuestas a las preguntas o cuestionamientos que plantean los Estados cuando tienen dudas sobre cómo interpretar la Convención Americana de Derechos Humanos o si las normas nacionales que adoptan cumplen con lo establecido en esta. A través de las opiniones consultivas la Corte ha podido ampliar la interpretación de los alcances de los derechos humanos, para garantizar una mejor protección a todas las personas (Ferrer Mac-Gregor, 2017).
EN RESUMEN
- El Sistema Interamericano de Derechos Humanos es un marco de protección de los derechos humanos para los habitantes del continente americano.
- El Sistema Interamericano cuenta con dos instituciones encargadas de la supervisión de la realización de los compromisos estatales en la materia de los derechos humanos: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH).
- En el Sistema Interamericano, cualquier persona puede presentar una petición ante la Comisión Interamericana si considera que alguno de sus derechos humanos fue vulnerado.
¿CÓMO SÉ SI EN UN PAÍS SE RESPETAN LOS DERECHOS HUMANOS?
Todos los países del mundo tienen las obligaciones de garantizar y proteger los derechos humanos de las personas. Estas obligaciones derivan de su participación en el Sistema Universal de Derechos Humanos y en alguno de los sistemas regionales, como el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Las obligaciones, como hemos visto en este Módulo, son muy amplias y existen diversas instituciones encargadas de supervisar la actuación de los Estados. Sin embargo, ¿Cómo una persona puede saber si en su país se respetan los derechos humanos?
Hay varias maneras en las cuales podemos informarnos al respecto y tener material suficiente para saber si el país en el que vivimos respeta los derechos humanos. La primera opción es que podemos conocer más la situación de los derechos en nuestro país a partir de revisar qué dicen las instituciones internacionales encargadas de supervisar qué pasa con los derechos humanos. ¿Recuerdas que en el Sistema Universal y en el Sistema Interamericano existen varias instituciones encargadas de la protección de los derechos? Cada una de ellas emite reportes y análisis detallados sobre la situación de los derechos humanos en los distintos países en el mundo y sobre el grado de cumplimiento de ciertos derechos en las regiones y a nivel global.
SABÍAS QUE…
Entrevista con Magalys Arocha Domínguez, Vicepresidenta del Comité CEDAW.
CINU México.
ENTREVISTA CON MAGALYS AROCHA. RECOMENDACIONES DE LA CEDAW A MÉXICO.
Por ejemplo, puedes consultar los hallazgos del Examen Periódico Universal que realiza el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, o los reportes que producen los órganos de tratados del Sistema Universal.
Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos emite tres tipos de informes sobre la situación de los derechos humanos en la región: informes anuales, informes de país e informes temáticos.
La segunda opción es recurrir a la información y análisis que publican diversas organizaciones no gubernamentales, tanto internacionales como nacionales, sobre el grado de protección de los derechos humanos. Por ejemplo, Amnistía Internacional informa constantemente sobre violaciones de los derechos y los riesgos de que estos ocurran alrededor del mundo. La Federación Internacional por los Derechos Humanos participa en la defensa de los derechos y también provee la información sobre las violaciones de estos. Freedom House se dedica a evaluar anualmente el grado en el que los derechos y las libertades están protegidas en todo el mundo.
EN RESUMEN
- Las instituciones internacionales dedicadas a la protección de los derechos humanos emiten informes que aportan información valiosa sobre el grado en el que los distintos países cumplen con la obligación de proteger los derechos humanos.
- También existen organizaciones de sociedad civil, nacionales e internacionales, que se dedican a vigilar en qué medida los Estados protegen los derechos humanos.